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La participación de los diferentes actores en el Sistema General de Seguridad Social en Salud, debe ser activa, como lo define la Ley 100 de 1993 y sus normas reglamentarias. Esa concurrencia puede ser óptima sólo si se tienen los elementos de juicio que les permita actuar con eficacia y eficiencia, conociendo los derechos y los deberes de cada persona y los límites de sus responsabilidades. Los Estatutos y los Reglamentos Internos que los desarrollan, constituyen la carta de navegación de las Instituciones Prestadores de Servicios de Salud, orientan las actividades que para, la prevención de la enfermedad y la promoción de la salud, deben tener como prioridad la máxima satisfacción de los pacientes que acuden a ellas. Así mismo, es importante que los médicos y otros profesionales de la salud conozcan la filosofía de la Institución en la cual ejercen libremente su profesión, inspirados en las normas éticas, en los conocimientos científicos, en los avances de la investigación a nivel internacional y nacional, en las actividades docentes y reconozcan las líneas de autoridad que permiten mantener y mejorar el desarrollo organizacional y proyecten el prestigio académico y asistencial de la Clínica Shaio. Gracias al excelente trabajo de los diferentes actores de la Clínica y su permanente colaboración con la Dirección Médica, podemos entregar esta herramienta que orienta el accionar de cada una de las personas que con su labor permite que la Institución siga manteniendo el prestigio que la ha caracterizado desde su fundación. |
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La reglamentación del Area Médica corresponde a un proceso de revisión de la documentación que la Clínica elaboró antes de la creación del Sistema General de Seguridad Social en Salud y la concertación con los diferentes grupos de profesionales que participaron en la temática con anterioridad y conocen la memoria corporativa de la Institución, así como los soportes existentes y la iniciación y desarrollo informal de algunos comités. |
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El área médica, de la Clínica Shaio, se rige como a continuación se describe:
En lo relacionado con el área médica, compete a la Junta Directiva:
El Director Médico: Es de libre nombramiento y remoción de la Junta Directiva, es la máxima autoridad científica de la Institución y responderá por su adecuado funcionamiento y el cumplimiento de su objetivo social, de las directrices trazadas por la Junta Directiva, la Ley y los Estatutos, en relación con el área de la Salud y las disponibilidades, organización y funcionamiento necesarios para la prestación de servicios médicos-asistenciales. Es el suplente del Representante Legal en sus faltas temporales o absolutas mientras se designa el titular. |
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En la Clínica Shaio las autoridades que rigen los destinos de la institución, de acuerdo con los estatutos preveen dos áreas muy importantes, con competencias diferentes que se respetan, pero se complementan sin competirse, con el fin de lograr el objetivo de prestar servicios con altísima calidad, enmarcados en la legislación vigente, denominados Gerencia que se ocupa del Area Administrativa y Dirección Médica que tiene responsabilidad de todas las actividades técnicas, científicas, docente asistenciales, investigativas y de control de calidad. |
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FUNDACIÓN ABOOD SHAIO |
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DIAGONAL 110 No. 53 - 67 APARTADO AÉREO 85369 CONMUTADORES 6243211- 6245399 FAX: 2714950 |
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SURAMERICA - COLOMBIA. - BOGOTÁ D.C Escribanos en: info@shaio.com |